ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA DOCENTE
- Con la inscripción al concurso, se entiende que los aspirantes conocen, aceptan y se obligan a cumplir todas las regulaciones y medidas adoptadas por la Institución para el desarrollo del concurso público de méritos, en particular la Resolución No. 014 de abril 26 de 2023 expedida por el Consejo Superior.
- En caso de detectarse inconsistencias en los documentos o en la información aportada por el aspirante en cualquier etapa del concurso, procede su exclusión. En las etapas de inscripción, recepción y verificación de documentación, como consecuencia de no aportar documentos de obligatorio cump limiento, procede el rechazo a través de la publicación de resultados.
- La autenticidad y el contenido de los soportes que se anexen serán de exclusiva responsabilidad del aspirante y en todo caso se tendrá en cuenta que la Universidad se reserva el derecho a la verificación por cualquier medio legalmente admisible, de la información y los documentos sin que ello releve a los aspirantes del deber de aportarlos en la convocatoria.
- La Universidad del Valle es responsable del tratamiento de la información entregada por los aspirantes con ocasión del presente concurso y garantiza los derechos de privacidad, intimidad, buen nombre, imagen y autonomía universitaria en el tratamiento de datos personales y con tal propósito todas sus actuaciones se rigen por los principios de legalidad, libertad, veracidad y calidad de la información, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.
- Son causales de exclusión del concurso. Si el aspirante ha incurrido en alguna de las siguientes situaciones, será excluido del concurso en cualquier etapa del mismo, de comprobarse:
- Haber cometido fraude o haberse valido de cualquier medio ilícito en las pruebas realizadas, por sí o por interpuesta persona.
- Haber aportado documentos con contenido falso.
- Estar incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses, conforme a lo establecido en la Ley.
Cuando se presente alguna de las causales mencionadas antes, se procederá a la exclusión del aspirante mediante Resolución de Rectoría, contra la cual procede únicamente el recurso de reposición dentro del término de diez (10) días contados a partir de la notificación de la misma.
- Toda la documentación aportada por los aspirantes que sean excluidos del concurso público de méritos, en cualquiera de sus etapas, será eliminada de los archivos de la Universidad al cumplirse tres (3) meses de publicados los resultados finales. Dentro de este lapso los aspirantes podrán solicitar la devolución de sus documentos.